El trabajo infantil expone a nuestros(as) hijos(as) a graves riesgos

En el Día Mundial Contra el Trabajo Infantil, recordamos la obligación de respetar y cumplir plenamente sus derechos. Foto: Vika Glitter

El trabajo infantil expone a nuestros(as) hijos(as) a graves riesgos

Sxxi.net- Según cifras del Dane, las niñas y los niños siguen siendo objeto de trabajos remunerados y no remunerados y de explotación laboral en el país.

En 2023, el 10% de las niñas, niños y adolescentes en Colombia, de edades entre 5 a 17 años, trabajaron. Las estadísticas presentadas muestran que la tasa de trabajo infantil ampliada (TTI o cantidad de menores que trabajan con paga) fue en el 2023 del 10%. El segundo indicador, la tasa de trabajo infantil ampliada (Ttia) señala que las niñas son las más afectadas, teniendo en cuenta que el 12,7% de ellas fue sometida a labores no remuneradas, ampliando las brechas de género en tanto se obstaculiza el acceso a la educación.

¿Por qué trabajan niñas y niños en Colombia?

Usualmente porque viven en condición de pobreza y los adultos les exigen contribuir a la economía del hogar, con consecuencias para su presente y su futuro, porque al incurrir en deserción escolar, por lo general, no regresan a estudiar y, en adelante, tendrán dificultad para acceder a empleo formal desfavoreciendo su capacidad económica, el acceso a oportunidades y a una vida digna.

Pero lo peor es que, muchas niñas y niños de Colombia son sometidos(as) a las peores formas de trabajo.

¿Qué se entiende por peores formas de trabajo infantil? 

Son todas las actividades que esclavizan al niño o a la niña, los separan de su familia, los exponen a graves peligros y enfermedades, o los dejan en abandonado en las calles de las grandes ciudades.

Las peores formas de trabajo infantil son las más lesivas para niñas y niños que se ven sometidos(as) a ellas y, por tanto, son altamente violatorias de sus derechos. 

¿Cuáles son las peores formas de trabajo infantil?  

  • T​odas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como son la venta y el tráfico de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de menores para utilizarlos en conflictos armados o en actos delincuenciales (de lo cual hemos sido testigos). 
  • La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños(as) para actividades de explotación sexual como la inducción, constreñimiento y estímulo a la prostitución, la producción de pornografía o las actuaciones pornográficas, algunas veces, con la participación y complicidad de madres y padres.
  • La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños(as) para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes.
  • El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los(as) niños(as).

Las peores formas de trabajo infantil cuya erradicación ha sido considerada como prioridad internacional se suscriben a través del convenio número 182 de 1999 de la OIT que Colombia ha ratificado mediante la Ley 704 de 2001 y la Resolución 4448 de 2005 sobre trabajos prohibidos.

¿Cómo prevenir que niñas y niños sean sometidos(as) a las peores formas de trabajo y a explotación laboral?

  • Educando a madres, padres y familia extensa en el amor, cuidado y protección de niñas y niños.
  • Garantizando una educación inclusiva y de calidad, para evitar el abandono escolar.
  • Trabajando arduamente por la equidad de género y empoderamiento de las niñas.
  • Promoviendo la responsabilidad familiar compartida en las tareas del hogar.
  • Incidiendo con políticas de Estado sobre las condiciones de pobreza social y la inequidad.
  • Aumentando la cobertura de las inspecciones a lugares en donde usualmente se incurre en prácticas de trabajo infantil.
  • Fortaleciendo la coordinación interinstitucional con el sistema de protección de derechos.
  • Erradicando la tolerancia de actividades peligrosas que atenten contra la vida y seguridad de niñas y niños en contextos familiares, escolares y comunitarios.
  • Reforzando la capacidad institucional del Estado para aplicar las sanciones previstas en la legislación.
  • Implementando políticas públicas de educación y bienestar social que mejoren la calidad de vida de las niñas, niños y adolescentes y sus familias, así como la restitución integral y el goce pleno de sus derechos.
  • Brindando oportunidades a niñas, niños y adolescentes para el desarrollo de sus talentos, habilidades y sueños para que sea posible la construcción de un proyecto de vida exitoso.
  • Fortaleciendo la participación de niñas, niños y adolescentes en espacios de toma de decisiones y poder.
  • Educando a niñas, niños y adolescentes para que no caigan en las redes delincuenciales y denuncien toda actividad orientada a inducir su participación en prácticas lesivas para su vida, su integridad y su salud.
  • Capacitar a la comunidad educativa sobre el impacto que ocasiona la explotación y el trabajo infantil.

En conclusión

El trabajo infantil es una violación de derechos que afecta el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes, que los expone a graves riesgos de sufrir todo tipo de violencias y explotación, que deteriora dramáticamente su salud física, espiritual y mental y, por ende, a la sociedad. En tal sentido, la tarea inaplazable de los gobiernos y nuestra labor como adultos responsables de ellas y ellos, es amarlos, cuidarlos, protegerlos y cumplirles sus derechos constitucionales plenamente. Y es necesario recordar que todos podemos denunciar casos de explotación laboral infantil o de sometimiento de niñas, niños o adolescentes a cualquier forma de violación de sus derechos.

«Los niños no deberían trabajar en campos, sino en sueños.» Akilnathan Logeswaran

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