CNE de Colombia, reta al pueblo

El CNE rompe la institucionalidad colombiana al levantar cargos por sobrepasar topes a campaña Petro Presidente. Foto: RVC

Sxxi.net. El Consejo Nacional Electoral malinterpreta el concepto de topes de la campaña Petro Presidente y crea un relato mediatico “violando el fuero integral presidencial y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. El presidente plantado, le responde al CNE. Aqui su intervención ….

Colombianos y colombianas:

Hoy se ha roto el fuero integral del presidente de la República de Colombia, que defiende la Constitución. Hoy se ha dado el primer paso de un golpe de Estado contra mí como presidente constitucional, elegido democráticamente por voto popular por más de 11 millones de ciudadanos. De concretarse, este acto representaría la mayor afrenta a nuestra democracia en la historia del país.

El Consejo Nacional Electoral, un organismo administrativo infiltrado por los mismos politiqueros que han gobernado durante décadas nuestro país, ha formulado cargos en mi contra. Esto viola claramente nuestra Constitución y mi fuero. Lo ocurrido hoy pone en peligro la institucionalidad que represento.

Quiero desmentir las cinco principales acusaciones que el CNE, al margen de la ley, ha presentado en mi contra.

  1. Los supuestos aportes de la USO y Fecode NO fueron a la campaña, sino al partido Colombia Humana. Tal cual lo hicieron aportantes y empresarios al partido Centro Democrático en la campaña de Iván Duque de 2018, y la cual este mismo organismo, el CNE, absolvió el 28 de octubre del 2021.
  2. Los supuestos pagos a testigos electorales no corresponden a gastos de campaña. La primera vuelta presidencial fue hasta la apertura de urnas del 29 de mayo de 2022. Y la segunda vuelta presidencial hasta la apertura de urnas del 19 de junio de 2022. El conteo de los votos se da después de cerradas las elecciones.
  3. Todos los gastos de campaña por concepto de propaganda electoral fueron reportados de manera oportuna y bajo la normativa respectiva. Así lo certificó la auditoría externa contratada por el propio CNE, que certificó a los 30 días de la campaña la veracidad de TODAS las cuentas que presentamos.
  4. Los magistrados del CNE confunden y malinterpretan los permisos de vuelo, que no necesariamente fueron utilizados por la campaña, con los vuelos realizados efectivamente. Todas las facturas entregadas por la campaña ante la DIAN corresponden a los servicios prestados por la empresa de transporte aéreo SADI, pero las desconocieron.
  5. El evento de nuestro triunfo electoral realizado el 19 de junio en el Movistar Arena después de las elecciones, efectivamente tuvo unos gastos, solo que este evento ya no hacia parte del periodo de campaña, así lo establece la ley.

Los cargos formulados por el Consejo Nacional Electoral son infundados, y si mis garantías hubieran sido respetadas, la ciudadanía sabría que mi actuar no solo fue totalmente honrado, sino que estoy enfrentando a una autoridad administrativa capturada por la oposición, que busca a toda costa poner en duda mi integridad.

Por esta razón, hemos solicitado a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara que haga público el expediente, para que la ciudadanía conozca las más de 25 pruebas testimoniales, 34 documentales y 3 inspecciones judiciales que se han realizado. Es a través de pruebas que reclamo mi inocencia y censuro el proceder ilegal e inconstitucional del Consejo Nacional Electoral.

La auditoría independiente contratada por el propio Consejo Nacional Electoral, Nexia Internacional, una multinacional de las más altas y probadas calidades dictaminó el pasado 19 de septiembre que las cuentas de campaña, junto con sus observaciones iniciales, fueron debidamente explicadas por el equipo administrativo de la campaña.

Hago un llamado a la movilización generalizada del pueblo colombiano para la defensa irrestricta de la democracia. Le pido al mundo prestar atención a Colombia y ayudarnos a defender nuestra democracia. Les solicito a todas las organizaciones populares reunirse y decretarse en asamblea permanente. Es el tiempo del Pueblo. Como presidente de la República elegido constitucionalmente ordeno a la Fuerza Pública no levantar una sola arma contra el pueblo.

Los tiempos de la inequidad y la violencia deben cesar en Colombia.

La decisión de hoy es el inicio de un golpe contra el fuero integral del presidente, contra las 11 millones de personas que votaron por este proyecto progresista. Esto es una fractura burda e incontrovertible de la Constitución misma.

Buenas noches colombianas y colombianos

Aquí el Comunicado de Prensa 08 de octubre de 2024 del CNE

La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral en sesión de hoy, 8 de octubre del presente año, decidió por mayoría, ABRIR INVESTIGACIÓN FORMULAR CARGOS a la campaña presidencial de PRIMERA y SEGUNDA vuelta de la COALICIÓN PACTO HISTÓRICO, representada por los ciudadanos GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, candidato; RICARDO ROA BARRAGÁN, gerente de campaña; LUCY AYDEE MOGOLLÓN ALFONSO tesorera, MARIA LUCY SOTO CARO y JUAN CARLOS LEMUS GÓMEZ, auditores; al MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA HUMANA y al PARTIDO POLÍTICO UNIÓN PATRIÓTICA “UP”; por la presunta vulneración al régimen de financiación de las campañas electorales.

En este orden, al candidato, gerente de campaña, tesorera y auditores se les endilga la presunta vulneración al límite de gastos en la CAMPAÑA DE PRIMERA VUELTA por la suma de TRES MIL SETECIENTOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS M/CTE ($3.709.361.342), con fundamento en lo establecido en el artículo 109 Constitucional, artículo 24 de la Ley 1475 de 2011, artículos 12 y 19 de la Ley 996 de 2005 en concordancia con lo establecido en la Resolución 0694 de 2022 adoptada por la Corporación, al tenor de las faltas que se especifican a continuación:

  1. Omitir el aporte realizado por la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN-FECODE por la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000).
  2. Omitir el reporte del préstamo realizado por el PARTIDO POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO por la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000).
  3. Omitir el reporte de pago a testigos electorales por la suma de NOVECIENTOS TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL PESOS M/CTE ($931.290.000).
  4. Omitir el reporte de gastos por concepto de propaganda electoral por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CIENTO DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS M/CTE ($356.102.872).
  5. Omitir el reporte de pagos efectuados desde la campaña al Senado 2022 de la COALICIÓN PACTO HISTÓRICO por la suma de DOSCIENTOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN PESOS M/CTE ($202.471.731).
  6. Omitir el reporte de ingresos y gastos del servicio de transporte aéreo por la suma de MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA PESOS M/CTE ($1.249.793.230).
  7. Omitir el reporte de los aportes realizados por la UNIÓN SINDICAL OBRERA “USO” por valor de CIENTO VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($121.544.000).

Adicionalmente, por la presunta financiación prohibida, al recibir aportes de las personas jurídicas: i) FEDERACIÓN COLOMBIANA DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN – FECODE; ii) INGENIAL MEDIA S.A.S. y iii) UNIÓN SINDICAL OBRERA – USO.

Para la segunda vuelta, se les formula cargos  por la presunta vulneración al límite de gastos por la suma de MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES PESOS M/CTE ($1.646.386.773), con fundamento en lo establecido en el artículo 109 Constitucional, artículo 24 de la Ley 1475 de 2011, artículos 12 y 19 de la Ley 996 de 2005 en concordancia con lo establecido en la Resolución 0694 de 2022 adoptada por la Corporación, al tenor de las faltas que se especifican a continuación:

  1. Omitir el reporte de gastos por concepto del pago del evento realizado el 19 de junio de 2022 (MOVISTAR ARENA) por valor de CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($100.000.000).
  2. Omitir el reporte de pago a testigos electorales por la suma de CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($177.680.000).
  3. Omitir el reporte de ingresos y gastos del servicio de transporte aéreo por la suma de NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($962.957.784).
  4. Omitir el reporte de ingresos y gastos por concepto de pagos realizados por el MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA HUMANA por la suma de QUINIENTOS TREINTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($530.579.983).
  5. Omitir el reporte de los aportes realizados por la UNIÓN SINDICAL OBRERA “USO” por valor de TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES DIECINUEVE MIL QUINIENTOS ONCE PESOS M/CTE ($379.019.511).

Por último, al MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA HUMANA y al PARTIDO POLÍTICO UNIÓN PATRIÓTICA “UP”, en calidad de organizaciones políticas designadas en el acuerdo de coalición como responsables de la auditoría y presentación de informes de ingresos y gastos de la campaña presidencial de PRIMERA VUELTA de la COALICIÓN PACTO HISTÓRICO, por presuntamente permitir la financiación de la campaña presidencial, con fuentes de financiación prohibidas por parte de las siguientes personas jurídicas: i) FEDERACIÓN COLOMBIANA DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN – FECODE, ii) INGENIAL MEDIA S.A.S. y iii) UNIÓN SINDICAL OBRERA – USO, e incumplir los deberes de diligencia en la aplicación de las disposiciones constitucionales y legales que regulan la organización, funcionamiento, y financiación de las organizaciones políticas, con fundamento en lo establecido en el artículo 109 Constitucional, artículo 8, numerales 1 y 3 del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011 y artículo 14 de la Ley 996 de 2005.

Las magistradas Alba Lucía Velásquez y Fabiola Márquez, salvaron su voto.

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