De la era Pacto de Petro, a la era «milagro»

 A estudiar, trabajar y defender lo nuestro. Análisis político nacional e internacional Dirección editorial: Darío Salazar | Ecosociedad

Colombia cambió de página este viernes 7 de agosto, el Pacto Histórico, con la presidencia de Gustavo Petro,  tras derrota técnica por manipulación probada de sowfare y por apenas 251.000 votos,  entregó el cargo más importante de la política, la Presidnecia de Colombia al abogado Abelardo de la Espriella,  de 48 años convertido en outsider de ultraderecha, juró como el presidente número 43 de la República en un escenario que rompió sesenta años de tradición republicana: la Plaza de Bolívar de Bogotá, por la Arena de la Universidad Santiago de Cali, con capacidad para  2.500 personas y acceso restringido por invitación. El símbolo es elocuente: un gobierno que se presenta como ruptura elige romper también la geografía del poder, su posesión aunque transmitida por televisión y por redes,  fue a escondidas del pueblo y con la ausencia del Pacto Histórico, que envió su primer mensaje, a través de EcoSociedad: lo que le es del pueblo, no se roba.

La cifra que decidió el rumbo del país, verdad o mentira?

De la Espriella llega a la Casa de Nariño —que ya anunció que no habitará,  seguramente por haberse  convertido en la Casa de los Derechos, de los últimos 4 años — tras «pasar» en segunda vuelta a Iván Cepeda, el candidato respaldado por el Pacto Histórico.  La «victoria» se confirmó tras la jornada electoral del 21 de junio de 2026, en una contienda que el sistema de la Registraduría Nacional del Estado Civil,  certificó por un margen ajustado: apenas 250.830 votos separaron a los dos proyectos de país. Casi 13 millones de colombianos respaldaron su candidatura, una base electoral amplia pero no arrolladora, que anticipa —y así lo reconocen incluso analistas afines al nuevo gobierno— un cuatrienio de polarización profunda y de legitimidad disputada calle por calle, por vereda, barrio, localidad y municipio, en los cuales el Pacto Histórico, trabajará para que permanezcan los derechos adquiridos y ganar más, con la apuesta de mejorar la calidad de vida colectiva.

Siguiendo con De la Espriella, el costo mismo de la ceremonia se convirtió en el primer episodio de esa disputa simbólica. La Presidencia dejó firmados contratos por 5.950 millones de pesos para la logística, producción y transmisión del acto, cifra que el Pacto Histórico confrontó de inmediato con lo gastado en la posesión de Petro en 2022, en un ejercicio de aritmética política que —como suele ocurrir— cambia de signo según quién la presente. La Alcaldía de Cali, por su parte, calculó que el impacto económico del evento para la ciudad rondaría los 10.000 millones de pesos, y lo vendió como la primera prueba real de descentralización del poder presidencial.

Un discurso de «patria milagro» y mano dura

En su primera alocución como jefe de Estado, pronunciada  2 horas después ante la cúpula militar en el Cantón Militar Pichincha, De la Espriella articuló lo que sus propios asesores bautizaron como el concepto de «patria milagro»: una lectura casi providencial de la historia colombiana, abierta con agradecimientos religiosos y cerrada con una promesa de «regeneración nacional». El eje de seguridad fue el más contundente: anunció la creación de un listado oficial de grupos narcoterroristas, la construcción de megacárceles para la reclusión de «quienes representan la mayor amenaza para la seguridad del pueblo», cadena perpetua para los responsables de crímenes contra mujeres y niños, y la reactivación de la fumigación aérea con glifosato contra cultivos ilícitos, una política suspendida por razones de salud pública y ambiental desde hace casi una década.

En el frente económico, el nuevo presidente comparó la caída en las utilidades de Ecopetrol de 32 billones de pesos en un año a 9 billones en el siguiente,  para justificar lo que llamó la recuperación de la petrolera estatal como prioridad «definitiva y absoluta» de su gobierno. Anunció además una reforma tributaria estructural orientada a simplificar el recaudo y combatir la evasión, la eliminación del impuesto al patrimonio, la eliminación del gravamen del y, la medida de mayor impacto ambiental de la jornada: la autorización del fracking en Colombia bajo lo que definió como «los más altos estándares técnicos y ambientales». El mensaje fue calculado: en la misma frase invocó la seguridad energética y afirmó creer en la transición energética, aunque la condicionó a que el país avance «desde la fortaleza y no desde la debilidad, desde la autosuficiencia y no desde la dependencia» y debemos agregar desde la honestidad y no desde los sobreprecios, que desvirtúan el deber ser del sistema público.

 Lectura internacional: giro hacia la derecha continental

El tablero geopolítico registró el cambio de inmediato.El Gobierno de Estados Unidos, liderado por Donald Trump, anunció la destinación de 1.000 millones de dólares para la nueva administración colombiana, un espaldarazo económico que confirma el realineamiento de Bogotá con Washington tras años de tensión bajo Petro, de manera equivocada, lo confirmo el propio Trump, al llamarlo «Good man» . El respaldo se replicó en el plano diplomático: legisladores estadounidenses como el presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado felicitaron públicamente al mandatario electo, mientras los presidentes de Argentina, Ecuador y Paraguay —representantes del bloque conservador latinoamericano— asistieron a la posesión para respaldar personalmente al nuevo gobierno, junto al rey Felipe VI de España y el vicepresidente de El Salvador.

Lo que sí generó suspicacia  fue la ausencia del secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, pese a que fue uno de los funcionarios de alto nivel que más se pronunció sobre las elecciones colombianas y expresó respaldo abierto al mandatario electo, y la del  el subsecretario Christopher Landau, quien sí había asistido pocas semanas antes a la posesión de Keiko Fujimori en Perú. También se ausentó el senador Bernie Moreno, uno de los republicanos con vínculos más estrechos con Colombia, por votaciones programadas en el Senado de su país.

Para la prensa económica internacional, el mensaje es todavía más específico. Un análisis de Bloomberg Línea, publicado tras la segunda vuelta, advirtió que la llegada de De la Espriella pone en riesgo el papel que Colombia había construido como líder regional de la transición energética, después de que el país organizara en abril, en Santa Marta, las primeras conversaciones internacionales sobre una transición climática justa. El contraste no podría ser más nítido: donde Petro habló de la «resistencia» de los combustibles fósiles como una fuerza que «conduce a la muerte», De la Espriella habla de fracking «responsable» como garantía de soberanía energética. Colombia pasa, en cuestión de meses, de aspirar a la vitrina climática global a discutir la reapertura de yacimientos no convencionales.

 Lo que el discurso no dijo: la lectura desde Ecosociedad

Un discurso de posesión se mide tanto por lo que anuncia como por lo que omite. Y en un país que enfrenta simultáneamente una crisis de seguridad, una crisis fiscal y una crisis ecológica —deforestación amazónica sostenida, estrés hídrico creciente en la región Caribe y andina, y una economía todavía dependiente en cerca de la mitad de sus exportaciones del petróleo y el carbón—, el silencio también es programa de gobierno.

De la Espriella habló de fracking, de Ecopetrol y de «energías cada vez más limpias y diversificadas», pero no mencionó metas de reducción de emisiones, no habló de los páramos ni de las fuentes hídricas que las comunidades pesqueras y campesinas ya identifican como las primeras amenazadas por la exploración no convencional. No hubo una sola mención a la Amazonía, al acuerdo de Escazú, a la deforestación, a la protección de líderes ambientales —el país con más asesinatos de defensores de la tierra en el mundo, según Global Witness—, ni a la adaptación climática de los territorios más vulnerables. Tampoco hubo referencia a la economía del cuidado, a la transición justa para los trabajadores petroleros y mineros, ni a un modelo productivo que no dependa del extractivismo para financiar el gasto social que el propio mandatario prometió sostener.

Desde Ecosociedad creemos que ese vacío es la verdadera agenda pendiente del nuevo cuatrienio. Por eso, y en el espíritu de convertir la crítica en propuesta, presentamos diez líneas que deberían incorporarse al plan de gobierno de Abelardo de la Espriella, precisamente a partir de lo que su primer discurso dejó sin decir y que tampoco ha dicho el Ministro de Ambiente, Fabio Arjona Hincapie.

1. Si se va a hacer, condicionar el fracking a licencias con veeduría ciudadana vinculante, con estudios de impacto hídrico independientes y públicos antes de cualquier contrato, no como trámite posterior a la decisión política.

2. Crear un Fondo Nacional de Transición Energética Justa, financiado con un porcentaje de las regalías petroleras y mineras, destinado a reconvertir empleos en zonas dependientes de hidrocarburos hacia energías renovables y agroindustria sostenible.

3. Blindar la protección de líderes y lideresas ambientales con una política de Estado —no solo policial— que ataque las causas estructurales de la violencia territorial, en cumplimiento pleno del Acuerdo de Escazú. Sus agresores no pueden

4. Fijar metas verificables de reducción de deforestación amazónica, con indicadores públicos trimestrales, y no solo anuncios de seguridad militar en esas zonas.

5. Vincular la reforma tributaria a incentivos verdes reales: si se elimina el impuesto al patrimonio y el 4×1000, compensar el hueco fiscal con impuestos al carbono y a la extracción no renovable, no solo con austeridad del gasto social.

6. Diseñar un plan hídrico nacional que anticipe el estrés hídrico en el Caribe y los Andes, con participación de las comunidades que hoy dependen de ríos y ciénagas para su sustento.

7. Incluir la economía del cuidado y la equidad de género en el «plan de recuperación de Ecopetrol», para que la bonanza petrolera no repita el patrón de crecimiento sin redistribución.

8. Someter cualquier «minería responsable» o «fracking sostenible» a estándares internacionales verificables (no solo declaraciones), con auditorías externas y publicación abierta de resultados ambientales.

9. Crear una mesa permanente de diálogo con comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes** afectadas por proyectos extractivos, con capacidad real de veto territorial, no solo consulta previa formal.

10. Presentar, dentro del primer semestre de gobierno, una hoja de ruta climática nacional que dé continuidad —así sea con enfoque distinto— al compromiso internacional que Colombia asumió en Santa Marta, para no perder en un cuatrienio el lugar que el país había ganado en la discusión climática global.

Un país que se reinventa bajo tensión

La posesión de Abelardo de la Espriella no cierra un debate: lo abre. Su gobierno llega con el respaldo de Washington, la desconfianza de buena parte de la izquierda latinoamericana y una base electoral que, aunque mayoritaria, está lejos de ser unánime. Las protestas convocadas especialmente en  Cali  y Barranquilla,   el mismo día de la posesión, y el rechazo expresado por figuras como Iván Cepeda, confirman que Colombia entra en un cuatrienio de polarización sostenida, con el fin de recuperar el poder ejecutivo y legislativo para construir una ecosociedad

Para Ecosociedad, el reto no es solo evaluar si el nuevo gobierno cumple sus promesas de seguridad y ajuste fiscal, sino exigir que la sostenibilidad ambiental y la justicia social dejen de ser el capítulo ausente de los discursos presidenciales. Un país no se mide únicamente por sus cifras de crecimiento o por la recuperación de su petrolera estatal: se mide por si es capaz de proteger, al mismo tiempo, su territorio, su agua y a quienes los defienden.

La contradicción de invocar «milagros» en política

Hablar de «milagros» en el discurso político (un «milagro económico», el «milagro» de tal líder, «solo un milagro nos salva») no es una simple metáfora inocente: cruza categorías que, analizadas por separado, chocan entre sí.

1. Contradicción psicológica

Recurrir al lenguaje del milagro suele funcionar como un mecanismo de externalización del locus de control. En vez de atribuir un resultado a decisiones, instituciones y relaciones de poder verificables, se lo atribuye a una fuerza que escapa a la agencia humana. Esto tiene dos efectos:

  • Evasión de responsabilidad: si algo se resuelve «por milagro», nadie tiene que rendir cuentas de cómo se hizo (o de por qué no se hizo).
  • Pasividad aprendida: psicológicamente, esperar un milagro político desincentiva la acción colectiva, porque sustituye el análisis causal («¿qué falló, quién decide, qué se puede cambiar?») por la espera de una intervención externa.

La contradicción es que la política, por definición, es el ámbito de la agencia humana organizada; invocar el milagro para explicarla o resolverla es psicológicamente cómodo pero funcionalmente opuesto a lo que la actividad política exige: actuar, no esperar.

2. Contradicción filosófica

Desde Hume en adelante, un milagro se define clásicamente como una violación o suspensión excepcional del orden causal ordinario —algo raro, no repetible, que rompe la regularidad que hace posible el conocimiento y la explicación. La política, en cambio, se entiende (desde Aristóteles hasta la ciencia política moderna) como un dominio gobernado por regularidades: incentivos, instituciones, correlaciones de fuerza, path dependency.

Decir que un resultado político fue «un milagro» es entonces un error de categoría: se aplica una noción reservada para lo excepcional e inexplicable a un fenómeno que, casi siempre, tiene una explicación causal ordinaria (alianzas, errores del adversario, condiciones económicas, movilización). El milagro, filosóficamente, es la categoría que usamos cuando falla la explicación; usarlo en política es, muchas veces, una forma elegante de decir «no quiero o no puedo explicar esto».

3. Contradicción teológica

Aquí la tensión es más profunda. En la mayoría de las tradiciones teológicas (cristiana, judía, islámica), el milagro es un signo, no un instrumento: apunta hacia la trascendencia de Dios, no hacia la legitimación de un poder terrenal. Usar el lenguaje del milagro para un resultado político tiene varios problemas teológicos:

  • Riesgo de idolatría: atribuir a la voluntad divina un resultado que favorece a un actor político particular convierte a ese actor (o a esa causa) en cuasi-sagrado, lo que la propia teología suele condenar como una forma de idolatría del poder.
  • Problema de la teodicea invertido: si un resultado político «bueno» es un milagro de Dios, ¿qué se dice de los resultados catastróficos —guerras, genocidios, hambrunas— que ocurren bajo el mismo orden providencial? La inconsistencia es evidente si el milagro se invoca solo cuando conviene.
  • Instrumentalización de lo sagrado: buena parte de la teología política clásica (de Agustín a los críticos modernos de la «religión civil») advierte que usar categorías religiosas para legitimar el poder temporal invierte el orden correcto: lo sagrado deja de juzgar al poder y pasa a servirlo.

1. Carl Schmitt y la teología política

La tesis central de Schmitt, planteada en Teología Política (1922), es que «todos los conceptos significativos de la teoría moderna del Estado son conceptos teológicos secularizados». No es una metáfora suelta: Schmitt traza equivalencias estructurales precisas.

  • El Dios omnipotente de la teología se convierte en el legislador omnipotente de la teoría jurídica moderna.
  • El milagro —la ruptura de Dios con el orden natural que Él mismo estableció— se convierte en el estado de excepción: el momento en que el soberano suspende el orden jurídico que él mismo garantiza, precisamente para salvarlo.

De ahí su frase más citada: «Soberano es quien decide sobre el estado de excepción». Para Schmitt, el poder político «real» no se mide por gobernar dentro de las reglas, sino por la capacidad de decidir cuándo esas reglas dejan de aplicar. Un líder que se presenta como agente de un «milagro» está, en el fondo, reclamando esa misma posición: estar por encima —o por fuera— del funcionamiento ordinario de las instituciones, porque su legitimidad no viene de ellas sino de una fuerza que las trasciende.

Por qué esto importa políticamente: si el origen del gobierno se narra como milagroso, cualquier objeción institucional (un fallo judicial en contra, una investigación legislativa, una crítica de prensa) queda automáticamente encuadrada como un obstáculo terrenal frente a un designio superior. Esto no requiere que el líder lo diga explícitamente: basta con instalar el marco narrativo para que el freno institucional empiece a percibirse como ilegítimo por definición, no por sus méritos.

La crítica que se le hace a Schmitt (importante para no presentarlo como verdad absoluta) es que su propio marco fue usado para justificar la dictadura nazi de excepción permanente —él mismo fue miembro del partido nazi entre 1933 y 1936—, así que sus categorías analíticas son útiles como diagnóstico de cómo funciona ese lenguaje, pero no como receta política.

2. Los estudios sobre populismo

Aquí la discusión se mueve del plano jurídico-teológico al plano narrativo y sociológico. Dos autores marcan el debate:

Ernesto Laclau (La razón populista, 2005) sostiene que el populismo no es una ideología sino una lógica de construcción política: se articula un «pueblo» homogéneo y virtuoso frente a una «élite» o «casta» que lo oprime, y esa tensión se resuelve mediante un líder que encarna la voluntad popular de forma casi directa, sin mediaciones institucionales. Para Laclau esto no es necesariamente negativo —él lo ve como una forma legítima de hacer política cuando las instituciones tradicionales fallan en representar demandas reales—, pero sí reconoce que la lógica populista tiende a personalizar el vínculo representativo: el líder no representa al pueblo, el líder es el pueblo.

Cas Mudde (Populism: A Very Short Introduction) da una definición más crítica: el populismo es una «ideología delgada» que divide a la sociedad en dos campos homogéneos y antagónicos —el pueblo puro versus la élite corrupta— y sostiene que la política debe ser expresión de la «voluntad general» del pueblo. Mudde señala un riesgo estructural: como esa voluntad general se presenta como única e indivisible, cualquier disenso interno (oposición, prensa crítica, jueces) deja de leerse como pluralismo legítimo y empieza a leerse como traición a la voluntad popular.

El lenguaje de «milagro» o «patria milagro» encaja con precisión en esta estructura narrativa por tres razones:

  1. Convierte la política —que es negociación, gestión, compromiso— en una gesta, algo que ocurre, no algo que se construye con otros actores.
  2. Personaliza el relato en una sola figura que «trae» el milagro, reforzando el vínculo directo líder–pueblo que describe Laclau.
  3. Vuelve moralmente sospechosa la crítica: objetar un milagro no es un desacuerdo técnico, es casi una falta de fe o de patriotismo.

Un matiz importante: ni Laclau ni Mudde dicen que todo populismo sea autoritario. La diferencia, para la mayoría de los politólogos actuales, está en si ese relato coexiste con instituciones fuertes que sigan funcionando (checks and balances reales) o si busca desmontarlas progresivamente.

3. Aplicación al caso: el discurso de posesión de De la Espriella

Con estos dos marcos, se puede leer el discurso del 7 de agosto en varias capas:

a) La estructura schmittiana está presente en el tono, no en el contenido jurídico explícito. De la Espriella no anunció ningún estado de excepción formal —al contrario, prometió explícitamente respetar los cuatro años constitucionales y la alternancia democrática, lo cual es notable y merece registrarse como un gesto de moderación institucional deliberado, probablemente para desactivar precisamente este tipo de lectura—. Pero el marco de «patria milagro», abierto con un agradecimiento religioso y cerrado con la idea de «regeneración nacional», instala el mismo efecto narrativo que describe Schmitt: presenta su llegada al poder como algo que trasciende el resultado electoral ordinario (250.830 votos de margen, una victoria estrecha) y lo viste de destino histórico.

b) La lógica populista de Laclau/Mudde aparece con más claridad en la construcción del «cierre de un capítulo». Frases como «he venido a cerrar un largo capítulo» y las advertencias directas a la izquierda —»no habrá espacios para maniobras que atenten contra la estabilidad de la Nación»— trazan justamente esa frontera entre un «nosotros» que representa la regeneración y un «ellos» identificado con el gobierno saliente. Es el esquema clásico de antagonismo pueblo/élite que describe Mudde, aplicado no a una élite económica sino a la administración Petro y al Pacto Histórico como bloque.

c) La tensión interesante, y quizás lo más analíticamente rico del caso, es que el propio discurso contiene el antídoto retórico a esta lectura. Al insistir en el respeto al Banco de la República como institución independiente, en los cuatro años constitucionales y en la «extrema coherencia» de aceptar resultados adversos como los favorables, De la Espriella parece anticipar —consciente o intuitivamente— la crítica schmittiana y trata de blindarse de ella con gestos institucionalistas explícitos. Eso no resuelve la tensión, pero sí la matiza: es un discurso que usa lenguaje mesiánico en la forma (patria milagro, gratitud religiosa, «regeneración») mientras declara compromiso republicano en el contenido (alternancia, instituciones, independencia del banco central).

La pregunta que queda abierta —y que es, en el fondo, la que separa a los analistas— es cuál de las dos capas termina pesando más en la práctica de gobierno: si el compromiso institucional declarado se sostiene cuando llegue el primer choque real con el Congreso o la Corte Constitucional, o si el marco narrativo del «milagro» se activa entonces para deslegitimar ese contrapeso. Eso todavía no se puede responder con el discurso inaugural: se responde con las primeras decisiones de gobierno, que es justamente donde estos marcos teóricos dejan de ser abstracción y se vuelven verificables.

la ceremonia incluyó un segmento oficial llamado «invocación y alabanza» que ocupó un espacio considerable del programa, con representantes del catolicismo, el judaísmo y el cristianismo evangélico, pero sin presencia de líderes espirituales de comunidades indígenas, nativas o afrodescendientes.

¿Patria milagro? Lo que dice la Constitución

1. Colombia dejó de ser un Estado confesional en 1991. La Constitución de 1886 establecía el catolicismo como religión oficial de la Nación, con un Concordato que le daba a la Iglesia católica un estatus jurídico privilegiado. La Constituyente de 1991 rompió deliberadamente con ese modelo. El artículo 1 define a Colombia como un Estado social de derecho, «democrático, participativo y pluralista«. El artículo 19 establece que «todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley», eliminando cualquier jerarquía entre credos.

2. Aunque la palabra «laico» no aparece literalmente en el texto, la Corte Constitucional ha construido, por vía jurisprudencial, el principio de laicidad del Estado a partir de la lectura conjunta de los artículos 1, 13 (igualdad) y 19. La sentencia C-350 de 1994 eliminó el carácter católico del calendario oficial de fiestas civiles. La C-152 de 2003 reafirmó que el Estado no puede identificarse con ninguna confesión. Y la C-224 de 2016 resolvió justamente el punto más cercano a este caso: declaró que los servidores públicos no están obligados a jurar «ante Dios» al posesionarse, porque exigir una fórmula religiosa —o incluso ofrecerla como la única disponible— desconoce la libertad de conciencia de quienes no profesan ninguna fe o profesan una distinta.

3. El principio no prohíbe la fe de los gobernantes; prohíbe que el Estado la adopte como propia. Aquí está la distinción clave que suele perderse en el debate público: un presidente puede ser tan religioso como quiera en su vida privada, e incluso invocar a Dios en su discurso a título personal —eso es libertad de culto individual, protegida por el mismo artículo 19—. Lo que la jurisprudencia constitucional cuestiona es cuando el programa oficial de un acto de Estado, financiado con recursos públicos y transmitido como ceremonia institucional, reserva un bloque de tiempo estructurado para que representantes de credos específicos oren y bendigan en nombre de la Nación. Ahí el acto deja de ser expresión de la fe de un individuo y empieza a leerse como el Estado mismo adoptando —o al menos privilegiando— una cosmovisión religiosa determinada.

Por qué se argumenta que contradice el mandato constitucional

  • Selectividad confesional. Se incluyó a tres tradiciones (católica, judía, evangélica) y se excluyó explícitamente a las espiritualidades indígenas y afrodescendientes, pese a que el artículo 7 de la Constitución reconoce y protege «la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana». Si el Estado decide qué credos entran al programa oficial y cuáles no, deja de ser neutral: pasa a jerarquizar religiones, exactamente lo que el artículo 19 prohíbe.
  • Uso del tiempo y el espacio del Estado. Los 28 minutos de «invocación y alabanza» no fueron un gesto espontáneo de los asistentes: estaban incluidos en el guion oficial de la posesión presidencial, un acto que es, por definición, del Estado y no del gobernante como persona privada.
  • Precedente sobre el juramento. La Corte ya había resuelto en 2016 que ni siquiera el juramento presidencial —el momento más protocolario de todos— debe tener necesariamente fórmula religiosa. Que el nuevo mandatario haya jurado «a Dios» es su derecho individual; que el acto de Estado completo se estructure alrededor de un bloque litúrgico de casi media hora es un paso adicional que la jurisprudencia no había respaldado hasta ahora.

El contraargumento (para no simplificar el debate)

Quienes defienden lo ocurrido —y es un argumento que también tiene sustento constitucional— señalan que:

  • El artículo 19 protege tanto la libertad de no creer como la libertad de expresar públicamente una fe, y un gobernante no pierde ese derecho al asumir el cargo.
  • No hubo una sola confesión privilegiada de forma exclusiva (participaron tres tradiciones distintas), lo cual, para algunos juristas, atenúa —aunque no elimina— el riesgo de «establecimiento» de una religión oficial.
  • La Corte Constitucional ha sido clara en que la laicidad protege la libertad religiosa, no la persigue: un acto con presencia religiosa no es automáticamente inconstitucional si no impone esa fe como obligación a los ciudadanos ni condiciona derechos a profesarla.

En resumen: no hay una violación mecánica y automática de un artículo específico —no existe una norma que diga «prohibido orar en la posesión presidencial»—, pero sí una tensión real y documentada con el principio de neutralidad confesional del Estado que la Corte Constitucional ha ido construyendo desde 1991, agravada en este caso por la exclusión de las tradiciones espirituales étnicas que la propia Constitución manda proteger.

Se aclara que De la Espriella lleva apenas horas en el cargo, y ya son varias decisiones y anuncios que chocan con restricciones jurídicas ya existentes, y otras que la prensa presentó como polémicas pero que, revisadas con cuidado, están procediendo por el camino constitucionalmente correcto.

 Anuncios que chocan con restricciones judiciales ya vigentes

1. Autorización del fracking De la Espriella anunció que autorizará el fracking «responsable y sostenible». El problema es que esta no es una decisión que el Ejecutivo pueda tomar libremente: el Consejo de Estado mantiene, desde 2018, una medida cautelar que suspende toda actividad de fracturación hidráulica en yacimientos no convencionales en Colombia, incluidos los proyectos piloto, mientras se resuelve una demanda de nulidad de fondo. Esa suspensión prohíbe cualquier actividad relacionada con fracturación hidráulica, incluidos los pilotos que había propuesto el Gobierno anterior, y el alto tribunal la ha ratificado varias veces frente a recursos del propio Ejecutivo. Es decir: el presidente puede anunciarlo, pero no puede ejecutarlo por decreto mientras esa medida cautelar siga en pie; tendría que lograr que el Consejo de Estado la levante o que se resuelva el litigio de fondo a su favor.

2. Reactivación de la fumigación aérea con glifosato Igual de restringido está este frente. La Corte Constitucional mantiene la sentencia T-236 de 2017, que impuso seis condicionamientos estrictos para poder reanudar las aspersiones aéreas, suspendidas desde 2015. El gobierno Petro ya había intentado flexibilizar esos requisitos en 2025 y la Corte se negó. Cualquier intento de retomar la fumigación aérea sin cumplir esos seis requisitos —entre ellos, demostrar con evidencia «objetiva y concluyente» la ausencia de daño a la salud y al ambiente, y adelantar consulta previa con comunidades étnicas— sería, con alta probabilidad, tumbado por vía de tutela o acción de cumplimiento, tal como ocurrió con los gobiernos de Duque y Petro cuando lo intentaron.

Un frente en zona gris: el traslado de «Epa Colombia» y los 103 reclusos

Horas después de su posesión, De la Espriella ordenó el traslado de Daneidy Barrera Rojas («Epa Colombia») a la cárcel de Ibagué, alegando «privilegios» en su reclusión en Bogotá, y simultáneamente el Inpec firmó la resolución para trasladar a 103 cabecillas de estructuras criminales como la Oficina de Envigado, La Terraza y El Mesa a distintas prisiones del país.

Jurídicamente, la ubicación penitenciaria de un condenado es una competencia técnica y reglada del Inpec, no una decisión discrecional del presidente sobre un caso individual. Que el hecho se haya anunciado y presentado públicamente como una «orden» personal del jefe de Estado sobre una reclusa específica plantea una tensión real con el principio de reserva de la función jurisdiccional y administrativa especializada: los beneficios o traslados penitenciarios se otorgan o revocan por autoridad competente y motivación técnica, no por señalamiento presidencial directo sobre una persona identificada. No es (todavía) una sentencia que declare esto inconstitucional, pero sí es exactamente el tipo de actuación que la Corte Constitucional ha cuestionado en el pasado cuando el poder Ejecutivo interviene de forma nominativa en decisiones que la ley reserva a entidades técnicas autónomas.

Lo que se presentó como polémico pero NO es una violación constitucional

3. El traslado de la posesión a Cali Hubo una acción popular que buscaba suspender el cambio de sede por falta de información sobre costos y logística. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la medida cautelar, y consideró que es legal que el Congreso decida cambiar la sede de sus sesiones, por lo que las pretensiones sobre ilegalidad quedaron infundadas. Aquí el sistema judicial funcionó exactamente como debía: revisó la denuncia y la desestimó por falta de mérito. No hay violación constitucional, hay un control judicial que operó y no encontró irregularidad.

4. La eliminación del impuesto al patrimonio y del 4×1000 Pese a que se anunciaron en el discurso inaugural como si fueran efectivos de inmediato, ambos tributos están incorporados al Estatuto Tributario mediante la Ley 2277 de 2022, por lo que su eliminación deberá tramitarse mediante una reforma legislativa en el Congreso, tal como exige el artículo 338 de la Constitución (reserva de ley en materia tributaria: ni el presidente ni un decreto pueden crear, modificar o eliminar un impuesto por sí solos). Los propios medios que cubrieron el anuncio señalaron con ironía que hasta los presidentes descubren rápido esa «pequeña molestia institucional llamada separación de poderes». Aquí, hasta ahora, De la Espriella está siguiendo la ruta correcta: anunciar la intención y remitirla al Congreso, no imponerla por decreto.

En síntesis

De los hechos conocidos en las primeras horas, los dos frentes con mayor probabilidad real de choque constitucional son el fracking y la fumigación aérea, porque ambos ya tienen órdenes judiciales vigentes en sentido contrario y el gobierno tendría que revertir esas decisiones judiciales —no solo políticas— para ejecutarlos. El caso de «Epa Colombia» es la señal más temprana de un estilo de ejercicio del poder que tiende a la intervención directa y nominativa en decisiones técnicas, algo que vale la pena seguir de cerca en los próximos meses. Y, en contraste, el traslado a Cali y los anuncios tributarios muestran que, en esos dos casos concretos, las instituciones —Congreso y jueces— sí están operando dentro de los cauces previstos por la Constitución.

Las tres contradicciones convergen en un mismo punto: hablar de «milagro» en política saca del ámbito de la responsabilidad, la causalidad y lo sagrado-como-crítica algo que, en los tres planos, debería permanecer sujeto a ellas. Psicológicamente evade la agencia, filosóficamente confunde categorías explicativas, y teológicamente convierte el poder temporal en objeto de veneración indebida.

Contraargumento honesto: no todo uso es ingenuo. Hay una larga tradición retórica —el «destino manifiesto», la retórica providencialista en la fundación de EE.UU., ciertos usos en la teología de la liberación— donde el lenguaje del milagro se usa deliberadamente como recurso movilizador o como afirmación de esperanza frente a la injusticia, sin pretender sustituir el análisis político. La diferencia suele estar en si el lenguaje milagroso se usa para inspirar acción o para reemplazarla.

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